Después de 25 años el tema de aguas residuales en México da un paso al frente. La actualización de la Norma Oficial Mexicana (NOM-001-SEMARNAT-2021) que establece los límites de contaminantes de las descargas residuales en aguas de la nación, como ríos, lagos y mares, sustituirá a la emitida en 1996.
La actualización se abre paso en medio de desacuerdos por parte del sector industrial, el mismo que tendrá que llevar a cabo las modificaciones. La principal queja es respecto a los daños económicos ante una decisión que definen como unilateral.
Sin embargo, para organizaciones ambientales y especialistas del sector, la actualización, que debió realizarse de forma periódica cada cinco años, es necesaria en un país con el 70% de las aguas superficiales contaminadas o fuertemente contaminadas, de acuerdo con Omar Arellano Aguilar, especialista en Ecotoxicología de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
“Esta modificación a la norma lo que hace es mejorar los estándares en tratamiento de aguas residuales. Esto es importante porque no actualizarlos nos ponía en una situación de vulnerabilidad considerando todos los avances que ha habido tanto en contaminantes como en tecnología”, explicó Anaid Velasco, Coordinadora de Investigación del Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA).
En entrevista con Causa Natura, Velasco afirma en pocas palabras que lo que hará esta norma es “tratar de ponernos al día”. Y aunque reconoce que hay un costo de inversión inicial para dar el paso tecnológico, también se tienen incentivos, incluso de tipo fiscal como deducir la base gravable al comprar maquinaria ambientalmente amigable.
La NOM-001 fue aprobada por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) el 27 de agosto. Aunque aún se espera su publicación en el Diario Oficial de la Federación, la cual no tiene fecha establecida.
Las principales modificaciones van desde cambios en la redacción de su objetivo hasta parámetros de color, temperatura, Demanda Química de Oxígeno (DOQ) y toxicidad.
“Los límites técnicos de la norma vigente no solo son obsoletos, sino que además no corresponden a la problemática actual de la calidad del agua en México, vulnerando con ello el derecho humano de la población de contar con agua de calidad, así como al saneamiento de la misma”, compartió la Semarnat en un comunicado.
La intención de actualizar la NOM-001 por parte de la Semarnat está desde 2007. Es decir, hace 14 años que se ha mencionado la posibilidad de una modificación.
“La industria siendo tan previsora como es podría haber planeado dentro de sus programas presupuestales para destinar un poco. Mi lectura es que tal vez se confiaron a que no se iba a dar la actualización. Yo no lo veo tanto como un salto abrupto”, puntualizó Velasco.
Fuente: Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA)
Las empresas vs las modificaciones
La noticia de la actualización de la NOM-001 no resultó positiva para todos. La Confederación de Cámaras Industriales (Concamin), el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) y la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) se posicionaron en contra del proceso.
Dichas organizaciones del sector industrial-empresarial argumentaron que las modificaciones no les fueron consultadas; que el cambio de sus plantas de tratamiento de aguas resultará en daños económicos por su alto costo; incluso, que atenta contra lo establecido en el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
Al preguntarle a la Coordinadora de Investigación de CEMDA sobre los argumentos en contra, principalmente el referido al T-MEC, ella responde que no entiende la justificación.
“Por ejemplo, en el capítulo 24 del Tratado que es sobre la parte ambiental, si bien respeta la soberanía de cada país de establecer sus estándares en términos ambientales también menciona que estos deben buscar ser cada vez más progresivos en beneficio del medio ambiente y, además, que no deben bajar sólo para atraer más inversión”, expuso Anaid Velasco.
Respecto a la participación, Velasco indicó que desde 2017 se realizó el primer anteproyecto, el cual fue puesto a consulta pública. Cualquier persona interesada en el tema, regulada o no, podía participar.
Pero, ¿cuáles son las modificaciones de la NOM-001 y por qué resultan controversiales? Norma Ramírez Salinas, Coordinadora de Tratamiento y Calidad del Agua del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA) explicó en conferencia ofrecida el 10 de septiembre que uno de los principales cambios estará en la forma de medir la materia orgánica en el agua. En específico, aquellas con concentración de cloruros mayores a los 1,000 miligramos por litro.
En estos casos entrará el parámetro de la Demanda Química de Oxígeno (DQO) que permite medir bacterias y hongos bajo condiciones específicas de agente oxidante, temperatura y tiempo que no podían ser detectados con la Demanda Bioquímica de Oxígeno (DBO).
“La DBO es la fácilmente biodegradable y la DQO es la fracción químicamente oxidable, es decir, se incorporó aquello que no fácilmente se biodegrada como los compuestos orgánicos tóxicos, materia particulada y materia inorgánica, entre otros”, detalló Ramírez Salinas.
Incluso, ante el argumento del sector industrial de que la DQO no se mide en otros países, la Coordinadora del IMTA presentó una tabla con regulaciones de otros países que se tomaron para la revisión de la NOM-001, como lo son China, Alemania, España, Costa Rica, Ecuador, Argentina, Panamá y Paraguay.
“No es algo que no se haga a nivel internacional. Yo creo que más bien nosotros (México) estamos quedando rezagados”, comentó.
Otras dos modificaciones importantes son la introducción de los parámetros de color verdadero y toxicidad. Por ejemplo, en el caso de color se tenía en la escala de Platino-Cobalto que es para la detección de los colores de la paleta amarillo-café pero no es el método efectivo para la medición en tonalidades azul, rojo, púrpura o negro y muchos otros que se utilizan en diversos giros industriales, principalmente el textil.
Medir el color verdadero, no sólo el aparente como lo indicaba la NOM-001-SEMARNAT-1996, revierte daños que impiden la penetración de la luz, lo que conduce a una reducción de la tasa de fotosíntesis y de los niveles de oxígeno disuelto, además de afectar la flora y fauna acuática.
Por su parte, el parámetro de toxicidad servirá como medio de alerta para evitar una gran cantidad de sustancias que actualmente son vertidas a los cuerpos de agua sin estar caracterizadas o normadas.
“A veces podemos decir que un proceso no causa una toxicidad, quizás no, pero hemos pensado en la mezcla de todos ellos cuando se van en las descargas. La mezcla sí nos generan una toxicidad. Revisar estas opciones permite saber si está pasando algo más que no notamos con solo medir metales”, aseguró Ramírez Salinas.
Algunos otras modificaciones relevantes son la reducción del intervalo de pH y temperatura, la eliminación de materia flotante y sólidos sedimentables, la introducción del valor instantáneo en la medición de parámetros y la clasificación de los cuerpos de agua receptores.
A la izquierda se muestra el mapa bajo parámetros de la norma de 1996; a la derecha, un panorama más cercano a la realidad que incluye las nuevas modificaciones a la NOM-001 como la DQO. Fuente: IMTA
Los costos y las acciones pendientes
El pasado septiembre, la Asociación Nacional de Entidades de Agua (ANEAS) emitió un pronunciamiento en el que evaluó que el costo para la aplicación de la NOM-001 será de 700 mil millones de pesos. Aunque la SEMARNAT había estimado en 2017 una inversión de sólo 70 mil millones de pesos.
“No es algo que no se sepa, sí va a haber un incremento en los costos de monitoreo, pero no todos los contaminantes comprendidos en la norma tendrán que ser monitoreados permanentemente”, explicó Norma Ramírez Salinas del IMTA.
De acuerdo con la Coordinadora, en la Norma Oficial hay un apartado que indica que la descarga de una planta de tratamiento puede monitorearse por un espacio de 6 meses y si con ello se presenta un estudio que demuestre que no hay una contaminación, puede haber una exención.
Anaid Velasco menciona que para lograr un acuerdo que permita el cumplimiento de la NOM-001 será necesario tener programas o políticas públicas que sirvan como incentivos. Medidas que deberán enfocarse en sectores de pequeñas y medianas empresas, más que para las grandes industrias.
“Sí hay un punto en ese argumento (sobre los costos), pero no es algo que sea insalvable para objetar que exista la norma”, agregó.
Otros temas importantes en los que se enfoca la Coordinadora de CEMDA es una futura revisión de la NOM-002, la cual regula la liberación al drenaje municipal, y que también tiene 25 años sin actualizarse. Al igual que el fomento y la obligación del reúso de aguas grises.
“Necesitamos diseñar también esquemas financieros que permitan habilitar los recursos económicos necesarios para esta modernización que no sólo es tecnológica, sino de pensamiento”, concluyó el IMTA.
Comentarios (0)