SCJN manda a repetir evaluación de impacto ambiental en Puerto de Veracruz

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) tendrá que realizar nuevamente la evaluación de impacto ambiental para la...
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La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) tendrá que realizar nuevamente la evaluación de impacto ambiental para la ampliación del Puerto de Veracruz, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concediera un amparo para frenar las obras de construcción.

“Esta Primera Sala llega a la conclusión de que en las resoluciones reclamadas las autoridades responsables de la Semarnat realizaron una deficiente evaluación de la manifestación de impacto ambiental, pues no analizaron de manera integral el proyecto ampliación del Puerto de Veracruz, lo que constituye una vulneración a los principios de prevención y precaución que rigen en materia ambiental”, señaló la SCJN el pasado 9 de febrero.

Para organizaciones, especialistas y ciudadanía involucrada en la defensa desde el sexenio pasado, esto es una noticia de justicia ambiental. No sólo porque frenar las obras garantiza la protección del medio ambiente, sino que el caso evidenció que en México se otorgan autorizaciones a megaproyectos de manera fragmentada.

También se les conoce como invasión hormiga y ocurre en lugares como Cabo Pulmo, en Baja California Sur, o la zona turística de la Península de Yucatán, donde las empresas inmobiliarias solicitan por separado diferentes permisos de construcción que, en conjunto, edifican el proyecto turístico.

Esto resulta problemático porque imposibilita identificar el impacto ambiental que tendrá el proyecto en su totalidad.

“En este caso, la Corte en su sentencia hace un llamado a la Semarnat para elaborar de nueva cuenta la evaluación de impacto ambiental y revisar cuáles son las medidas de mitigación que se deben aplicar. Inclusive puede evaluar que no es viable”, explicó Sandra Moguel, abogada de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA).

Moguel es una de las responsables legales de acompañar el caso de la ampliación en el Puerto de Veracruz. En entrevista con Periodismo Causa Natura, compartió que celebra la noticia, pero considera que la resolución de la SCJN es apenas el inicio de un proceso para que la Semarnat pueda reevaluar y reparar los daños ocasionados por las obras ya realizadas.

Recorrido de autoridades en 2016 para la supervisión de la escollera que formaría parte de la ampliación del Puerto. Foto: Ilse Huesca/Cuartoscuro

El proyecto Nuevo Puerto de Veracruz ha sido impulsado por las autoridades desde 2013 con miras a convertirse en uno de los puertos comerciales más grandes en Latinoamérica.

Se contemplaron 70 mil millones de pesos para su inversión, de los cuales el 60% pertenecen a la iniciativa privada y el 40% a la pública, de acuerdo con la Semarnat.

La construcción inició en 2016 afectando la zona de arrecifes en Punta Gorda y Bahía Vergara, pertenecientes al Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano, declarado Área Natural Protegida desde 1992 y sitio Ramsar de importancia internacional en 2004.

La justificación de las autoridades para iniciar labores se sustentó en las modificaciones a los límites del Parque Nacional que había realizado la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp).

Primero se argumentó que una parte del arrecife ya estaba deteriorado, pero posteriormente se informó que existían más de 48 mil colonias coralinas en la zona de trabajos que serían reubicadas.

Además, levantaron una escollera, que generalmente son hechas con bloques de cemento, piedra u hormigón desde el fondo marino para controlar el oleaje. La obra ocasionó que alrededor de 71 mil metros cuadrados del arrecife fueran cubiertos, generando afectaciones irreversibles, según información documentada por el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA).

La resolución de la Corte también es una oportunidad para evidenciar las irregularidades que se dan en las evaluaciones de impacto ambiental, sostuvo Moguel.

Estas evaluaciones son la radiografía de las repercusiones que tendrá un proyecto de obra en el ecosistema y, por lo tanto, en la comunidad. Para que Semarnat pueda realizarlas es necesario que las empresas o personas que promueven un proyecto realicen Manifestaciones de Impacto Ambiental (MIA), que son los documentos técnicos con las especificaciones de la construcción y sus efectos al medio ambiente.

Para el Nuevo Puerto de Veracruz se aprobaron al menos 14 MIA sobre diferentes obras de vialidad, dragados y rompeolas, que en su totalidad conforman el proyecto de ampliación.

“Una importancia de esta sentencia es que hace un llamado, particularmente a la Semarnat que es la evaluadora de los proyectos… Sabe que le están presentando proyectos fragmentados y aún así los aprueba”, expuso Moguel.

Algunas de las causas de que existan estas fallas, considera, son la falta de corroboración por parte de la Semarnat respecto a la información presentada en las MIA; el tratamiento de las evaluaciones como un proceso burocrático, y las consultoras ambientales que realizan MIA siguiendo los intereses de sus clientes.

Sistema Arrecifal Veracruzano. Foto: Félix Márquez/Cuartoscuro

Sistema Arrecifal Veracruzano. Foto: Félix Márquez/Cuartoscuro

Un precedente y mayor participación

El Sistema Arrecifal Veracruzano es el mayor ecosistema de coral del Golfo de México. Contribuye a disminuir impactos a la costa por tormentas, huracanes y olas; es hogar de especies en peligro como el cuerno de alce y la tortuga marina y, al mismo tiempo, produce oxígeno y captura dióxido de carbono (CO2).

La demanda de amparo que llegó hasta la SCJN surgió de dos habitantes del Puerto de Veracruz que, en defensa de los arrecifes y el derecho al medio ambiente sano, presentaron una queja contra la autorización otorgada por la Semarnat para realizar la ampliación.

Pero el Juzgado Quinto de Distrito en el Séptimo Circuito decretó que las quejosas no tenían interés legítimo, no les afectaba o beneficiaba de ninguna manera la ampliación del puerto, a pesar de vivir en la ciudad. Por lo que decidieron llevar el caso ante un Tribunal Colegiado de Circuito, donde la Corte lo atrajo y, al ser votado por unanimidad, creó un precedente obligatorio.

Conforme a lo analizado por la SCJN, las autoridades vulneraron el derecho humano al medio ambiente sano al verificar de manera fragmentada los impactos ambientales de las obras de ampliación del Puerto de Veracruz.

“Esto es muy importante porque abre el camino para que cualquier persona de un vecindario o de una cercanía municipal a un ecosistema (en México) que vaya a ser afectado por algún proyecto pueda denunciar que está siendo afectado en su esfera ambiental”, explicó la abogada Moguel.

“Y algo que creo que no se ha hablado mucho es que al ampliar el interés legítimo también le puedes quitar esa carga de hostigamiento que se viene dando en México a defensores de medio ambiente, de derechos humanos y también a periodistas”, opinó.

Además, conforme a la resolución de la Corte, las autoridades deberán tomar otras medidas como la solicitud al Comité Nacional de Humedales, órgano consultivo de diversas instancias de gobierno, para la designación de un peritaje internacional que contribuya a definir un esquema de protección.

Aún no hay un aproximado del tiempo que demorará la Semarnat, en coordinación con la Conanp, para concluir las evaluaciones. Hay procedimientos, como el llenado de la sentencia con la firma de los ministros, que pueden demorar hasta tres meses.


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