Defender el territorio con la ley en contra: ¿Cómo las reformas al amparo dificultan la justicia ambiental en México?

En México, las reformas al juicio de amparo han complicado detener proyectos antes de que provoquen daños irreversibles. Al mismo tiempo, defender el medio ambiente sigue siendo una actividad de alto riesgo. Frente a ese escenario, comunidades, abogados, científicos y activistas buscan otras formas de resistencia.
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Rafael del Río

Más de 15 personas, en su mayoría campesinos, salieron de Campeche, dejaron sus parcelas, sus labores y a sus familias y recorrieron 354 kilómetros para llegar a Mérida, Yucatán. Su motivo: firmar documentos para continuar el juicio de amparo que promovieron contra el Tren Maya.

El abogado Juan Pablo Zavala recuerda ese caso como un ejemplo de lo que significa intentar acceder a la justicia ambiental en México. A las más de cinco horas de camino se sumaron los costos de transporte, comida y hospedaje, que las personas difícilmente podían pagar.

El viaje ocurrió en 2020, después de que los amparos relacionados con el Tren Maya fueron concentrados en un solo juzgado de Mérida. Zavala explica que esa decisión favorecía al Poder Ejecutivo, pues hacía de la distancia un obstáculo más para las comunidades que intentaban frenar el megaproyecto. 

Y aunque en el papel se afirma que el acceso a la justicia debe ser gratuito y expedito, y que los procesos legales deben ser sencillos y eficaces, en la práctica, dice Zavala, es todo lo contrario.

Además, en los litigios ambientales, las pruebas necesarias para demostrar ante un juez que un proyecto puede afectar el agua, un bosque o una selva son costosas. Un solo peritaje puede valer más de 50 mil pesos.

La abogada y activista ambiental Raquel Gutiérrez Nájera indica que esas pruebas funcionan para analizar desde impactos sociales, económicos, ambientales y a la salud, y requieren especialistas en agua, vida silvestre, manglares, bosques o biodiversidad.

Quienes hacen los peritajes estudian el caso, responden preguntas técnicas y acuden ante el juez para ratificar sus conclusiones, pero para una comunidad sin recursos, conseguir ese dinero puede convertirse en otra barrera. Muchas han recurrido a investigadores o especialistas aliados dispuestos a colaborar. Gutiérrez Nájera dice: “si no tuvieran estas relaciones... las comunidades no tienen para pagar los juicios”. 

Pero hay otro costo que no se mide en pesos, y es el tiempo. La abogada Agustina Rodríguez acompañó un litigio que se prolongó durante 14 años en la comunidad indígena de San Pedro Itzicán, asentada a orillas del lago de Chapala, en Jalisco. El caso buscaba proteger el derecho a la salud y a un medio ambiente sano frente a la contaminación del agua y las afectaciones que enfrentaba la población, donde se han documentado numerosos casos de enfermedad renal. 

Rodríguez explica que las pruebas pendientes, los informes y los distintos recursos pueden aplazar una y otra vez los procedimientos. Mientras el expediente avanzaba las afectaciones continuaban, y en esos 14 años de litigio, “se murieron muchas personas”, dice. 

Pese a esas dificultades, las comunidades han utilizado durante años el juicio de amparo como una herramienta para dejar sin efecto una autorización; obligar a una autoridad a actuar; o exigirle que volviera a tomar una decisión respetando derechos como el acceso al agua, a la información, a la participación o a un medio ambiente sano. También permitió detener temporalmente una obra que podía dañar un territorio mientras un juez analizaba el caso.

Pero las reglas cambiaron. Las reformas aprobadas en 2024 y 2025 restringieron el alcance de las suspensiones y modificaron los requisitos para demostrar quién puede acudir ante un juez.

Estos cambios ocurren, en un contexto en el que defender el territorio sigue siendo peligroso y muchas agresiones quedan impunes. Entre 2024 y 2025, el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA) documentó 35 asesinatos contra personas defensoras del medio ambiente y 550 agresiones específicas, como intimidación, hostigamiento, estigmatización, criminalización y difamación.

El Estado encabezó la lista de agentes agresores en ambos años: fue señalado en casi dos de cada tres eventos registrados en 2024 y en más de la mitad de los documentados en 2025. Le siguieron las empresas privadas y la delincuencia organizada.

Quienes defienden la tierra enfrentan así una doble presión: dentro de los tribunales, un camino más restrictivo para intentar detener proyectos antes de que el daño sea irreversible; fuera de ellos, amenazas, agresiones y, en algunos casos, la muerte. 

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Taller de Formación Política Comunitaria de la Asamblea Múuch’ Xíinbal. Fotografía: Haizel de la Cruz.

Antes que el daño ocurra

El juicio de amparo nació hace más de 180 años en Yucatán. En términos sencillos, permite que una persona acuda ante un juez cuando considera que una ley, una decisión o una actuación del Estado viola sus derechos. 

Si un campesino descubre, por ejemplo, que una autoridad permitió desmontar un bosque, talar la selva o verter sustancias tóxicas en el río del que depende su comunidad, puede solicitar un amparo.

Mientras el juez estudia el caso, también puede ordenar una suspensión: una medida que detiene temporalmente la obra para evitar que el daño ambiental avance antes de que exista una sentencia. 

En materia ambiental, esa posibilidad es fundamental porque los tiempos de la justicia y los de la naturaleza son distintos. Un juicio puede prolongarse durante años, pero derribar un bosque, perforar un acuífero o destruir un manglar puede tomar apenas semanas.

Para la abogada ambiental Carla Aceves, el amparo representa la última salida jurídica cuando las demás vías de defensa se han agotado. Zavala lo describe como un mecanismo de control frente al poder del Estado.

Una reforma constitucional de 2011 amplió sus alcances. Entre otros cambios, fortaleció la protección de derechos colectivos y ambientales e incorporó la figura del interés legítimo. Esto permitió que una persona pudiera acudir a la justicia, aunque no fuera propietaria del terreno afectado, siempre que demostrara una relación con el ecosistema y una afectación a sus derechos o intereses. 

El cambio era importante porque el daño ambiental no reconoce los límites de una propiedad. Un río atraviesa municipios, un acuífero conecta comunidades y la destrucción de un manglar puede tener consecuencias mucho más allá del sitio donde ocurre. 

El caso de la Laguna del Carpintero, en Tampico, Tamaulipas, se convirtió en un referente del interés legítimo. El proyecto contemplaba la construcción de un parque ecológico de 16 hectáreas junto al humedal. Dos personas acudieron al amparo al considerar que la obra y la tala de manglar vulneraban su derecho a un medio ambiente sano. 

El asunto llegó a la Suprema Corte, y después se reconoció que una de las demandantes tenía interés legítimo porque vivía en Tampico dentro del área de influencia del ecosistema. La sentencia de 2018 ordenó detener el proyecto, revocar permisos y restaurar el manglar. 

El abogado Jorge Fernández Mendiburu considera el caso un “parteaguas” porque ayudó a desarrollar la idea del entorno adyacente: no es necesario vivir en el lugar exacto donde se encuentra un ecosistema para resultar afectado por su deterioro. También pueden defenderlo quienes reciben sus beneficios ambientales y quienes sufrirían las consecuencias de su destrucción.

A partir de 2024, sin embargo, algunas de esas reglas comenzaron a cambiar. Las modificaciones afectan dos cuestiones distintas: el alcance de las suspensiones y las condiciones para acreditar el interés legítimo.

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Fotografía: Haizel de la Cruz

El primer cambio: las suspensiones

En junio de 2024 se modificó la Ley de Amparo para establecer que, cuando se reclama la inconstitucionalidad de una norma general, la suspensión no puede tener efectos generales.

¿Qué significa esto en términos sencillos? Si una persona consigue que un juez suspenda para ella la aplicación de una norma mientras se resuelve su juicio, esa protección no se extiende automáticamente a quienes se encuentran en una situación similar. Para los demás, la norma puede seguir aplicándose.

Para Fernández Mendiburu, esta limitación “nos regresa 30 años atrás”. En materia ambiental, advierte, el problema adquiere otra dimensión porque los ecosistemas son compartidos. La contaminación de un río, la destrucción de un manglar o el desmonte de una selva no afectan a una sola persona: una misma decisión puede repercutir sobre comunidades enteras.

Gutiérrez Nájera advierte sobre otra dificultad relacionada con las suspensiones: detener una obra puede complicarse cuando el Gobierno sostiene que se construye porque responde al interés social, es decir, que sus beneficios para la sociedad justifican que siga adelante pese a los riesgos denunciados.

El segundo cambio trata sobre quién puede acudir al amparo.

En 2025, se hicieron más específicas las condiciones para acreditar el interés legítimo. La ley establece que debe existir una lesión jurídica individual o colectiva, real y diferenciada respecto del resto de las personas, y que ganar el amparo debe producir un beneficio cierto, no solamente hipotético o eventual. 

Para el abogado Raúl Aldama, estas exigencias elevan la carga para acreditar el interés legítimo y acercan esta figura al más restrictivo interés jurídico, que exige ser titular de un derecho.  Esto repercute porque anteriormente el interés legítimo permitió acudir a los tribunales sin ser propietario del terreno afectado, siempre que pudiera demostrarse una relación particular con el ecosistema o sus beneficios.

La académica y abogada Carla Aceves detalla que las causas ambientales son casi por definición colectivas porque recaen sobre bienes comunes e intereses difusos. El aire es uno de sus ejemplos: si está contaminado, no afecta exclusivamente a una persona, sino a quienes respiran ese mismo aire. 

Para Aceves, volver más individual la acreditación de esas afectaciones representa una regresión. En comunidades indígenas, rurales o con pocos recursos, significa que cada integrante busque su propia protección, multiplicando el trabajo de los abogados, los procedimientos y los costos. 

La abogada también señala que exigirle -a quien solicita el amparo- que acredite una lesión real y diferenciada y demuestre que ganar el juicio le producirá un beneficio cierto, es un retroceso, pues los conflictos ambientales comienzan cuando el daño todavía no ocurre debido a que se busca evitarlo. 

Si una comunidad intenta proteger un bosque antes de que sea talado puede resultar más difícil demostrar una afectación concreta porque el deterioro aún no sucede. 

Aceves explica que la justicia ambiental no solo busca reparar un daño, sino evitar que ocurra. Se pueden plantar árboles donde antes hubo un bosque, pero reconstruir las relaciones entre especies, suelo y agua que formaban ese ecosistema puede tomar décadas, y el daño puede ser irreversible.

Cuando la justicia no llega 

El Tren Maya permite observar esos cambios fuera del papel. Cuando el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador presentó el proyecto que atraviesa Chiapas, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo, prometió desarrollo, turismo y empleos. También aseguró que no sacrificaría el medio ambiente. Pero el proyecto avanzó entre desmontes, se calcula una tala de más de 10 millones de árboles. 

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Foto: Sélvame del Tren

Además, se instalaron pilares de concreto y acero en el frágil sistema de cuevas y cenotes; y esto desató una creciente disputa judicial. A lo largo de su construcción se presentaron más de 70 amparos.

En enero de 2020, Zavala consiguió la primera suspensión definitiva vinculada al Tren Maya por la falta de una consulta indígena adecuada. Las obras continuaron. El proyecto fue declarado de “seguridad nacional”, las Fuerzas Armadas adquirieron un papel creciente en su construcción y operación y las resoluciones judiciales no siempre consiguieron detener las máquinas. 

A la disputa se sumó después una transformación institucional más amplia. Desde finales de 2024 desaparecieron siete organismos constitucionales autónomos, entre ellos el Instituto Nacional de Transparencia, clave para obtener información pública. 

La reforma judicial introdujo además la elección popular de jueces. Especialistas entrevistados para esta investigación advierten que esos cambios pueden debilitar los contrapesos y afectar la independencia de quienes deben resolver litigios frente al poder político.

Las reformas apretaron todavía más un sistema que ya estaba al límite. Cambiaron las reglas para quienes buscan detener un daño ambiental, pero no corrigieron lo que ocurre cuando esas personas llegan a los tribunales: juicios que pueden durar años, pruebas costosas y una defensa pública sin la capacidad suficiente para enfrentar litigios ambientales complejos. Es decir, el Estado impuso más requisitos para acudir a la justicia y no reforzó los recursos públicos para que las comunidades puedan sostener esos litigios.

El Instituto Federal de Defensoría Pública debe ofrecer, por ley, orientación, asesoría y representación jurídica de manera gratuita a quienes no pueden pagar un abogado particular y la legislación establece atención preferente para integrantes de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas. 

En 2022, el IFDP tenía sólo 344 asesores jurídicos para todo el país. Ese año atendieron 41,342 servicios entre asuntos administrativos, amparo, migración, laborales, civiles, fiscales, financieros y agrarios. Dos años después había 314 asesores, 30 menos, a pesar de que la necesidad ha ido en aumento.

El problema es mayor cuando se mira la atención a pueblos indígenas. En 2023, apenas unas 43 de las 560 unidades estatales de defensoría pública y asesoría jurídica atendían asuntos indígenas. Sólo 0.3% de los defensores públicos y 0.4% de los asesores jurídicos reportaron pertenecer a algún pueblo indígena. 

Y conseguir un abogado no resuelve otra barrera: comprender la información. Juan Pablo Zavala, explica que en los procesos de consulta pueden presentarse contratos, fideicomisos o evaluaciones de impacto ambiental en un lenguaje difícil de entender.

Aunque los pueblos indígenas tienen derecho a intérpretes esa garantía rara vez alcanza la explicación de documentos técnicos complejos. En México, 23.2 millones de personas se reconocen como indígenas y existen 68 lenguas indígenas. 

En 2024, el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas apoyó 3,435 diligencias penales y administrativas con 384 intérpretes y traductores. Sin embargo, no existe un registro público que permita saber cuántos intérpretes intervienen específicamente en juicios de amparo.

Para algunas comunidades mayas, esa desigualdad en el acceso a la información terminó modificando también la manera de defenderse.

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Cenote el estado de Yucatán, sureste de México. Fotografía: Rafael del Río 

Contratos por 90 años

Haizel de la Cruz, fotógrafa y activista maya e integrante de la Asamblea Múuch’ Xíinbal, una red que reúne a comunidades del sureste mexicano explica que una de sus herramientas de defensa ha sido entender cómo operan los proyectos que buscan instalarse en sus territorios. 

Las comunidades han identificado un patrón: gobiernos y empresas llegan con promesas de desarrollo y beneficios inmediatos, mientras los compromisos de largo plazo y las posibles consecuencias para el territorio se minimizan o quedan fuera de la explicación. 

Los representantes les prometen electricidad más barata, apoyos económicos o patrocinios para las fiestas; algunas veces llevan cerveza para los adultos y pelotas para los niños. En otros casos, las negociaciones terminan por dividir a las comunidades.

Pero cuando la Asamblea Múuch’ Xíinbal revisa los documentos, las promesas adquieren otra dimensión: han encontrado contratos por 30 años que permiten dos extensiones adicionales, es decir, comprometer el uso de la tierra hasta por 90 años.

En uno de los casos analizados, el pago equivalía a apenas 70 centavos de peso por hectárea al día.

La Asamblea reúne contratos, concesiones, fideicomisos y evaluaciones de impacto ambiental. Abogados y académicos ayudan a revisarlos; algunos conceptos pasan del español al maya y la información se contrasta con mapas, conocimientos comunitarios y experiencias de otros pueblos. 

Además, utilizan la No Radio, un medio comunitario donde sus integrantes explican proyectos, cuentan lo ocurrido en las asambleas y traducen conceptos técnicos y jurídicos. Cuando internet no llega a una comunidad, los análisis se reproducen mediante bocinas. Después vienen los folletos y, si hace falta, las visitas de casa en casa.

Gustavo Aldair Tut, dibujante e integrante de la Asamblea Múuch’ Xíinbal, encontró otra manera de hacerlo. Sus murales, carteles y fanzines convierten los conflictos territoriales en imágenes y utilizan el arte para conservar la memoria y fortalecer la identidad maya. “A la gente de afuera, se le hace muy fácil cortarle las venas a la laguna, destruir el manglar o el monte, y lo hacen sin ningún sentido y sin ningún respeto”. 

Para Aldair Tut, la naturaleza no es algo separado de quienes habitan el territorio: “La laguna y yo no somos tan distintos. Tampoco el viento, los árboles o los animales: el jaguar, el pavo de monte, el tapir. Todos formamos parte de la misma comunidad”. 

En Quintana Roo, el biólogo Roberto Rojo y más de 500 voluntarios documentaron durante años las cuevas y acuíferos que se extienden debajo de la piedra caliza. Su trabajo permitió explicar por qué instalar miles de pilotes del Tren Maya podía representar un riesgo para el sistema de agua dulce. 

En un litigio ambiental, esos conocimientos pueden convertirse en prueba. Pero ante las crecientes barreras para acceder a la justicia, los abogados y defensores entrevistados coinciden en que el amparo no puede ser la única vía para defender el territorio. Recomiendan documentar incumplimientos de las suspensiones, presentar denuncias administrativas, recurrir a instrumentos internacionales como el Acuerdo de Escazú, conocer los apoyos fiscales que otorgan las autoridades a empresas, y construir alianzas con científicos, universidades y organizaciones capaces de aportar conocimientos y pruebas que las comunidades difícilmente podrían pagar por su cuenta. 

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Foto: Archivo

El riesgo de levantar la voz

Sara López pasó 11 meses en prisión después de oponerse a las altas tarifas eléctricas en Campeche. Fue acusada de secuestro y obstrucción de obras públicas.

Años después, durante la construcción del Tren Maya, volvió a acompañar a comunidades de la península. Para ella, la criminalización y el hostigamiento tienen un propósito: generar miedo para que la gente deje de defenderse.

El biólogo Roberto Rojo también enfrentó señalamientos públicos. Después de cuestionar los impactos del Tren Maya, científicos y ambientalistas fueron llamados “pseudoambientalistas” y acusados de actuar contra el desarrollo. Rojo relata que los ataques continuaron en redes sociales y que llegó a preguntarse si alguien lo seguía cuando salía a la calle.

La abogada Viridiana Maldonado enfrentó una investigación penal después de participar en litigios de amparo. Raquel Gutiérrez Nájera también ha enfrentado procesos relacionados con su trabajo de defensa ambiental. Carla Aceves decidió alejarse del litigio directo cuando, relata, el riesgo comenzó a crecer. 

A pesar de los riesgos y de las barreras legales, las comunidades siguen tomando decisiones, compartiendo lo aprendido y organizándose frente a proyectos que pueden transformar sus formas de vida. En el fondo, estos conflictos plantean una disputa más profunda: quién decide qué ocurre en un territorio y qué lugar tienen en esa decisión quienes lo habitan. Haizel de la Cruz lo resume en una frase: “Sin territorio no hay lengua, no hay cultura, no hay vida maya”. 

***

Este proyecto se basa en 21 entrevistas semiestructuradas realizadas entre octubre de 2025 y abril de 2026 con abogados, académicos, científicos, defensores ambientales, y organizadores comunitarios que trabajan en temas de justicia ambiental en México. 

Su experiencia nutrió cada etapa de la investigación, aunque no todas las entrevistas se citan directamente en este reportaje. Carla Delfina Aceves Ávila, Gustavo Aldair, Raúl Aldama Gavilán, Haizel de la Cruz, Rubén Jaime Flores Medina, Salvador Guerrero, Sara López, Diego Merla López, Viridiana Maldonado Galindo, Jorge Fernández Mendiburu, Luz Helena Orozco y Villa, María Agustina Rodríguez Morán, Roberto Rojo, José Urbina Bravo, Carlos Javier Verduzco Reyna y Juan Pablo Zavala.

Este reportaje es una versión periodística, y actualizada, de la investigación desarrollada en el Reuters Institute de la Universidad de Oxford.

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