Casos de incendios en la Patagonia argentina, la destrucción producida por el Tren Maya en México, la contaminación por petróleo en la Amazonía, los vertidos de petróleo en Ecuador y la ruptura de una represa con residuos mineros en Belo Monte, Brasil, fueron tomados como referencia para la elaboración de una iniciativa de ley modelo de ecocidio en América Latina.
Rodrigo Lledó, director para América Latina de Stop Ecocidio Internacional, una de las organizaciones detrás de la iniciativa explicó que “se tuvieron a la vista una serie de ejemplos concretos para poder tener una definición que pueda abarcarlo y de alguna manera prevenga que vuelvan a suceder en el futuro”. Lledó explicó que la ley modelo también contempla la protección de personas defensoras del ambiente.
“Hay países como México y Colombia que tienen el triste récord de tener la mayor cantidad de defensores ambientales asesinados a nivel mundial, y no podemos desconocer esta realidad”. La propuesta incorpora medidas procesales y cautelares para proteger a quienes denuncien posibles casos de ecocidio, participen como testigos o intervengan como peritos. También establece agravantes para los delitos cometidos contra estas personas por su participación en un proceso por ecocidio.
La iniciativa fue presentada en conferencia de prensa este 1 de octubre en la Ciudad de México, después del foro el Congreso Redactor, realizado el 29 y 30 de septiembre en la Universidad Iberoamericana. El proceso tuvo tres etapas: una consulta pública con 240 respuestas, encuentros virtuales con especialistas y un congreso presencial en el que participaron más de 30 expertos de 14 países.
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¿Qué dice la propuesta?
El documento propone separar el ecocidio en tres delitos. El primero corresponde al daño ambiental grave, extenso o duradero; el segundo a la generación para producir un riesgo o daño de esas características, y el tercero contempla el daño causado mediante una conducta imprudente o negligente de carácter grave. La separación responde a la necesidad de adaptar la definición internacional de ecocidio a las legislaciones internas de América Latina.
La definición elaborada en 2021 por un panel de expertos fue pensada para la Corte Penal Internacional, mientras que los países de la región cuentan con sistemas jurídicos basados en el derecho escrito y codificado. “La principal modificación es separar el crimen de ecocidio en tres figuras concretas: una figura de resultado, una figura de peligro y una figura culposa”, explicó Lledó. “Donde antes había un único delito, nosotros lo hemos separado en tres delitos para efectos de su mayor comprensión, mejor aplicabilidad y mejor gestión en los derechos internos de los países de América Latina”.
En el Código Penal Federal en México no existe el delito de ecocidio. Durante la conferencia de prensa, Gustavo Alanís Ortega, director ejecutivo del Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), señaló que la incorporación del ecocidio permitiría ampliar el alcance de los delitos ambientales previstos actualmente en México. “Introducir el ecocidio es darle otro nivel a los delitos ambientales”, afirmó durante la conferencia, al explicar que la propuesta busca ofrecer una ruta para que los países de la región desarrollen sus propios marcos penales y ambientales.
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Raúl Gutiérrez Patiño, académico del Centro Transdisciplinar Universitario para la Sustentabilidad de la Universidad Iberoamericana, explicó que durante el congreso los especialistas trabajaron en temas como jurisdicción universal, protección de personas defensoras, salvaguarda ambiental, derechos de la naturaleza y el derecho humano a un medio ambiente sano.
La propuesta no tiene efectos jurídicamente vinculantes y funciona como referencia para que cada país determine las adecuaciones necesarias en sus leyes ambientales y penales. Para que el ecocidio dé resultado, el proyecto propone una pena de ocho a 20 años de prisión cuando una persona cause mediante acción u omisión un daño grave que sea extenso o duradero al ambiente.
El texto considera como elementos para determinar la gravedad la afectación de especies protegidas, hábitats de especial valor ecológico, servicios ecosistémicos y la persistencia de contaminantes, entre otros criterios. El ecocidio tendría una pena de tres a ocho años cuando una conducta genere un riesgo de daño grave que sea extenso o duradero.
Mientras que el ecocidio culposo tendría una pena de dos a seis años cuando el daño sea provocado mediante una conducta imprudente o negligente de carácter grave. La propuesta también incorpora responsabilidad penal para las empresas y para las personas que ocupen cargos de dirección.
Una persona jurídica podría ser responsable cuando el delito sea cometido en su nombre, por su cuenta o en su beneficio y cuando el daño haya sido facilitado o no evitado por incumplimientos en materia de vigilancia, control o debida diligencia ambiental. “En cambio, la responsabilidad de la persona jurídica ya está establecida en muchos de los países de América Latina, y por eso también hay disposiciones que tienden a hacer efectiva esta responsabilidad”, explicó Lledó.
El modelo contempla además la responsabilidad individual de quien tenga capacidad de decisión dentro de una empresa. “Esa persona será personalmente responsable, además de la eventual responsabilidad corporativa que le quepa a la organización que ha perpetrado este ecocidio”, agregó.

La figura de testigo: “queremos protegerlos”
La propuesta incorpora medidas específicas para que quienes denuncien posibles casos de ecocidio, participen como testigos o intervengan como peritos. El proyecto establece medidas cautelares de protección y contempla un aumento de las penas cuando se ejerza violencia, amenazas, represalias u otras formas de persecución contra estas personas por su participación en un proceso relacionado con un posible ecocidio. “Queremos protegerlos y por eso esta ley modelo incorpora medidas de protección en dos líneas”, señaló Lledó.
El proyecto contempla la custodia policial, el traslado de personas y otras medidas de protección procesal. También establece una agravación de las penas cuando las agresiones estén relacionadas con la denuncia o participación en un proceso por ecocidio. El documento establece que las actividades de subsistencia, los usos consuetudinarios, como tradiciones, de los bienes naturales y las prácticas culturales y ancestrales de pueblos indígenas, comunidades afrodescendientes y comunidades campesinas no constituirán ecocidio cuando se realicen en ejercicio de sus derechos y de acuerdo con sus sistemas organizativos y normativos.
Un camino hacia la justicia ambiental
Para Lina Muñoz Ávila, cofundadora de la Alianza de Clínicas Jurídicas Ambientales de América Latina y el Caribe, uno de los aportes de la propuesta está en las herramientas para acceder a la justicia ambiental. La ley modelo contempla asistencia jurídica, acompañamiento e interpretación para personas que no puedan costear estos servicios, mientras que su elaboración reunió conocimientos del derecho ambiental y penal para precisar las conductas, determinar responsabilidades y analizar los daños ambientales.
El proyecto también plantea que una autorización ambiental no excluya automáticamente la responsabilidad penal. Esto ocurriría cuando el permiso haya sido obtenido mediante fraude, corrupción u otra forma indebida, cuando haya sido concedido de manera manifiestamente improcedente o cuando las condiciones ambientales hayan cambiado hasta volverlo inadecuado frente a un daño grave. La ley modelo fue diseñada como un referente para los congresos de los países de la región.
Cada Estado tendría que definir la forma de incorporarla a su legislación, de acuerdo con su propio sistema jurídico. El documento plantea como opciones una ley penal especial, una reforma al código penal o su incorporación al apartado de crímenes internacionales cuando el marco constitucional de cada país lo permita. “Lo importante es que esta ley modelo es un referente técnico que está a disposición de todos los Parlamentos”, dijo Lledó.
“La labor más difícil de esta adecuación de la definición internacional a la realidad legal y social de América Latina ya está hecha. Ahora lo que resta por hacer es adecuarlo a la especificidad de cada país”. Stop Ecocidio Internacional inició ahora la etapa de difusión del proyecto en universidades y congresos de la región. Lledó señaló que el siguiente paso contempla reuniones con parlamentarios y universidades de Panamá y la presentación de la propuesta ante el Parlamento Latinoamericano.


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